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Ayudas de emergencia social (AES)

Ayudas de emergencia social (AES)

Definición: concesión de subvenciones para hacer frente a situaciones de emergencia social.

¿Quién puede solicitarlo?

-6 meses empadronados en la CAPV y que en el momento de la solicitud se encuentren en la localidad

-Los integrantes de la unidad convivencial en el año anterior a la presentación de la solicitud

-Mayores de 18 años

-Todas las personas que se identifiquen en las excepciones recogidas en el artículo 5 del Decreto 4/2011, de 18 de enero, de Ayudas de Emergencia Social.

Responsabilidad de la tramitación: 

En los Servicios Sociales Municipales de Legorreta

Órgano que adopta la decisión:

Servicios Sociales Municipales de Legorreta